Anteriormente no existía la posibilidad legal de que los documentos digitales, se pudiesen utilizar como prueba en juicio; no existía una norma que regulara que los documentos digitales tuviesen valor probatorio legal, por lo que los documentos se tenían que almacenar en papel siguiendo la antigua normatividad de conservación.
Hoy gracias a la Norma Oficial Mexicana NOM-151-SCFI-2016 y con el servicio de TLA (Tercero Legalmente Autorizado) se abre la posibilidad de destruir los documentos una vez que hayan sido correctamente digitalizados y certificados.
Gracias a los servicios de confianza digital basados en la NOM151 se puede dar certeza de autenticidad, integridad e inalterabilidad de las versiones digitales de toda la documentación de una empresa, permitiendo acreditar la fecha cierta y que los documentos no han sido alterados desde el sellado de tiempo.
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